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RESOLUCIÓN
APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin
remisión previa a una Comisión Principal (A/52/L.22
y Add.l)]
52/17.
Año Internacional de los Voluntarios, 2001
La Asamblea
General,
Acogiendo
con beneplácito la recomendación del Consejo Económico
y Social que figura en la resolución 1997/44, de 22 de julio
de 1997,
Decide
adoptar las medidas recomendadas en esa resolución, entre
otras, la proclamación del año 2001 Año Internacional
de los Voluntarios.
50a
sesión plenaria
20
de noviembre de 1997
98-76042
Quincuagésimo
segundo período de sesiones
Tema 12 del programa
INFORME
DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
Alemania,
Andorra, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bangladesh, Belarús,
Bélgica, Benin, Bhután, Bolivia, Bulgaria, Burkina
Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Canadá, Colombia,
Congo, Costa Rica, Côte d'Ivoire, Croacia, Cuba, Chad, Chipre,
Dinamarca, Djibouti, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia,
España, Estados Unidos de América, Etiopía,
Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Georgia, Ghana,
Grecia, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Honduras, Hungría,
Indonesia, Irán (República Islámica del), Irlanda,
Islas Marshall, Islas Salomón, Israel, Italia, Jamaica, Japón,
Jordania, Kazajstán, Kirquistán, Lesotho, Luxemburgo,
Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malta, Marruecos, Mauricio,
México, Micronesia (Estados Federados de), Mónaco,
Mongolia, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nicaragua, Nueva Zelandia,
Países Bajos, Pakistán, Panamá, Perú,
Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,
República Checa, República de Corea, República
Democrática Popular Lao, República de Moldova, República
Unida de Tanzanía, Rumania, Samoa, San Marino, Senegal, Sierra
Leona, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suriname, Swazilandia,
Tailandia, Trinidad y Tobago, Túnez, Turkmenistán,
Ucrania, Yemen, Zambia y Zimbabwe: proyecto de resolución
Año
Internacional de los Voluntarios, 2001
Adición
Añádanse
los siguientes países a la lista de patrocinadores del proyecto
de resolución:
Barbados,
Brasil, Brunei Darussalam, Eritrea, ex República Yugoslava
de Macedonia, Liberia, Malí, Nepal, Noruega, Paraguay, República
Centroafricana, República Democrática del Congo, República
Dominicana, Sri Lanka, Tayikistán y Uruguay
-
- - - -
97-33205 (S)
211197
211197
Quincuagésimo
segundo período de sesiones
Tema
12 del programa
INFORME
DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
Proyecto
de resolución recomendado por el Consejo Económico
y Social
Proclamación
del año 2001 como Año Internacional de los Voluntarios
La Asamblea
General,
Recordando
sus resoluciones 2659 (XXV), de 7 de diciembre de 1970, 31/131,
de 16 de diciembre de 1976, 31/166, de 21 de diciembre de 1976,
40/212, de 17 de diciembre de 1985, y 49/139 B, de 20 de diciembre
de 1994, y teniendo presente la decisión 96/32 de la Junta
Ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo/Fondo
de Población de las Naciones Unidas, en que la Junta Ejecutiva
reconoció la importancia de la contribución aportada
par los Voluntarios en todo el mundo y respaldaba los esfuerzos
de los Voluntarios de las Naciones Unidas para promover aún
más la labor de los voluntarios,
Teniendo
en cuenta su decisión 35/424 de 5 de diciembre de 1980,
y la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social,
de 25 de julio de 1980, relativas a las directrices para la proclamación
de años y aniversarios internacionales,
Advirtiendo
la importante contribución que los voluntarios aportan en
sus propios países al aumento del bienestar y la materialización
de las aspiraciones de sus compatriotas a un bienestar económico
y social mayor, y la financiación del trabajo de los voluntarios
por conducto principalmente de la sociedad civil, incluido el sector
privado, así como los grandes logros alcanzados por los voluntarios
asignados internacionalmente a la consecución de los objetivos
de desarrollo de los Estados Miembros,
Advirtiendo
asimismo la asistencia prestada por los Voluntarios de las Naciones
Unidas, en particular a las organizaciones y las operaciones de
las Naciones Unidas en las esferas del desarrollo económico
y social, la ayuda humanitaria y la promoción de la paz,
la democracia y el respeto de los derechos humanos y sobre todo,
en la mayor vinculación de esos esfuerzos a las poblaciones
a las que están destinados,
Advirtiendo
igualmente la importancia de que nuevos actores, en particular
los individuos y las organizaciones de la sociedad civil, tomen
la iniciativa a nivel local, nacional e internacional, en asociación
con los gobiernos, tal como se subrayó en la Declaración
de Copenhague sobre Desarrollo Social y el Programa de Acción
de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social,(1)
Teniendo
presente la conclusión de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, en el sentido de que la mujer debería poder
beneficiarse de un aprendizaje permanente, incluidas as actividades
voluntarias,(2) y observando que
la mujer realiza gran parte de las actividades voluntarias y que
se debería reconocer y apoyar debidamente esa labor socialmente
útil,
Convencida
de que la necesidad de la actuación de voluntarios es mayor
que nunca a la vista de los efectos negativos que problemas mundiales
coma la degradación del medio ambiente, el uso indebido de
drogas y el virus de inmunodeficiencia humana/síndrome de
inmunodeficiencia adquirida ejercen en los sectores más vulnerables
de la sociedad y de la tendencia de la sociedad civil a asumir,
en asociación con los poderes públicos y el sector
privado, responsabilidades crecientes en el proceso de desarrollo,
Convencida
igualmente de que un año destinado a profundizar el reconocimiento,
la facilitación, la interconexión y la promoción
del servicio de voluntarios, con particular énfasis en las
actividades a nivel local, podría contribuir apreciablemente
a aumentar la conciencia de los logros y las posibilidades de servicio
de voluntarios, a estimular ofertas de servicio de un número
creciente de individuos y a canalizar recursos que permitan mejorar
la eficacia de ese servicio,
Advirtiendo
con satisfacción que la propuesta de proclamación
del año ha merecido el apoyo general de la sociedad civil,
1.
Proclama
el año 2001 como Año Internacional de los Voluntarios;
2.
Invita
a los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones
intergubernamentales, voluntarias y no gubernamentales, así
como a las organizaciones basadas en la comunidad, a que colaboren
y determinen los medios de realzar el reconocimiento, la facilitación,
la interconexión y la promoción del servicio de voluntarios
en los preparativos y la observancia del Año;
3.
Designa
al Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas, sin perjuicio
de las prioridades existentes, como centro de coordinación
de la preparación, observancia y seguimiento del Año
en estrecha colaboración con otras organizaciones del sistema
de las Naciones Unidas, y alienta a los Voluntarios de las Naciones
Unidas a que continúen el proceso de estrecha colaboración
y asociación con los gobiernos y con las organizaciones voluntarias
y no gubernamentales internacionales y nacionales, en particular
en lo que se refiere a los preparativos y la observancia del Año;
4.
Invita
a los órganos normativos y a las organizaciones pertinentes
del sistema de las Naciones Unidas a que consideren, en el contexto
de sus mandatos sustantivos, los principios y objetivos del Año,
la posibilidad de realizar actividades especiales en el marco de
programas existentes o de programas nuevos durante el período
1998-2001 y a que se ocupen del seguimiento del Año en beneficio
de todos los países y pueblos;
5.
Hace
un llamamiento a los Estados Miembros y a todos los demás
participantes en la observancia del Año para que distingan
al año 2001 como celebración especial en favor de
los pueblos del mundo que se afanan para alcanzar una vida mejor
para todos, sobre la base del compromiso que contraen voluntariamente
individuos y grupos de aportar su tiempo y compartir sus recursos
y sus conocimientos en beneficio de los menos favorecidos;
6.
Pide
que se organice una campaña concertada de promoción
e información para el Año a nivel nacional,
regional e internacional, con una fuerte participación de
los medios de comunicación de masas;
7.
Pide
al Secretario General que, dentro de los límites de los recursos
existentes y con la ayuda de recursos voluntarios, adopte medidas
específicas, utilizando todos los medios de comunicación
de que disponga, particularmente en el marco del mandato del Departamento
de Información Pública de la Secretaría, para
dar amplia publicidad a los preparativos y a la observancia del
Año y difundir información sobre la cuestión.

1
Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague,
6 a 12 de marzo de 1995 (publicación de las Naciones
Unidas, número de venta: S. 96. IV. 8), cap. I, resolución
1.
2 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación
de las Naciones Unidas, número de venta: S. 96. IV. 13), cap. I,
resolución 1, anexo II, párr 73).
97-32095 (S)
171197 171197
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